
Subsidio
Familiar
En CAJAMAG cuidamos de nuestros afiliados y sus familias, es por eso que ponemos a su disposición el subsidio familiar, el cual puede ser monetario, en especie o en servicios.

Subsidio Monetario
Cuota monetaria mensual que se paga al trabajador de medianos y menores ingresos en proporción al número de personas a cargo, que cumple con los requisitos establecidos por la ley, su objetivo principal es el alivio de las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia, como núcleo básico de la sociedad.
Subsidio en especie
Es el reconocido en alimentos, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero que determine la reglamentación de la ley.
Subsidio en servicios
Es el que ofrece en los programas que desarrollan las Cajas de Compensación Familiar como educación, capacitación, biblioteca, recreación, turismo, vivienda, crédito, adulto mayor y discapacitados. Con tarifas preferenciales de acuerdo con el salario de los trabajadores afiliados.
Atendiendo lo establecido en el artículo 6° de la ley 21 de 1982 y el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo; conforme a lo dispuesto en las normas citadas, en las que se establece que: ” Las cuotas monetarias prescriben a los (3) tres años de haberse girado y no haberse cobrado. Ver más info
Valor del subsidio familiar año 2023
Urbano: $39.557 Rural: $45.491

Subsidio monetario puesto a disposición del trabajador
Mes de octubre de 2023
Subsidio disponible del 24 al 30 de Noviembre de 2023
Para más información:
[email protected]
WhatsApp 316 832 2618
Contact Center 4365058
Línea gratuita 018000 189 894
FECHAS LÍMITES PARA PAGO DE APORTES Decreto 1990 de 2016

La caja de compensación familiar del magdalena invita a las empresas afiliadas a realizar los aportes parafiscales del 4% en la fechas establecidas en el cronograma del (decreto ley no 1990 del 2016)
Documentación
Prescripción de subsidio monetario
Procedimiento para declarar la prescripción del subsidio monetario puesto a disposición del trabajador
Prescripción del Subsidio monetario puesto a disposición del trabajador no cobrada
Prescritos Noviembre 2023
Este archivo contiene 72 Registros
Prescritos Octubre 2023
Este archivo contiene 80 Registros
Prescritos Septiembre 2023
Este archivo contiene 100 Registros
Prescritos Agosto 2023
Este archivo contiene 139 Registros
Prescritos Julio 2023
Este archivo contiene 37 Registros
Prescritos Junio 2023
Este archivo contiene 39 Registros
Cuota monetaria no cobrada Próxima a prescribir
Próximos a prescribir Noviembre 2023
Este archivo contiene 80 Registros
Próximos a prescribir Octubre 2023
Este archivo contiene 87 Registros
Próximos a prescribir Septiembre de 2023
Este archivo contiene 129 Registros
Próximos a prescribir Agosto de 2023
Este archivo contiene 230 Registros
Próximos a prescribir Julio de 2023
Este archivo contiene 44 Registros
Próximos a prescribir Junio de 2023
Este archivo contiene 42 Registros
Requisitos para el Subsidio familiar
Los hijos, adoptivos o hijastro, y hermanos huérfanos de padre y madre que no sobrepasen los 18 años y 11 meses. Sin embargo, a partir de los 9 años de edad, para efectos de afiliación al Sistema del Subsidio Familiar, se debe presentar además registro civil con parentesco la Tarjeta de identidad, documentos este que es valido hasta el cumplimiento de los 18 años cuando el requisito será la cédula de ciudadanía.
REQUISITOS PARA MAYORES DE 12 AÑOS
Los beneficiarios entre los 12 y 18 años de edad, deben presentar y actualizar el certificado de escolaridad vigente hasta el mes de abril de cada año, lo anterior en cumplimiento de las normas del Subsidio Familiar.
Las certificaciones de estudio deben referenciar el grado o curso, la resolución de aprobación oficial de la institución educativa, intensidad horaria y el código DANE.
Para el caso de educación superior y complementaria, deben presentar el certificado de estudio dos veces al año, en los meses de abril y septiembre.
Tendrá derecho al Subsidio monetario puesto a disposición del trabajador durante las vacaciones, incapacidades, permisos remunerados y licencias.
Padres del trabajador mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciban salario, renta o pensión alguno.
Los Empleadores que vinculen laboralmente a “Veteranos de la Fuerza Pública” que al inicio del contrato de trabajo tenga entre 18 y 40 años, estarán exentos de pagar los aportes a Cajas de Compensación Familiar por estos trabajadores afiliados durante los dos primeros años de vinculación; según lo contemplado en la Ley 1979 del 25 de julio del 2019 Art 16, Decreto 1346 del 10 de octubre del 2020, y la Resolución 1881 del 3 de agosto 2021.
Beneficios
Los veteranos de la fuerza pública tienen derecho a los servicios sociales de las Cajas de Compensación tales como:
- Recreación
- Turismo social
- Capacitación
A partir del cuarto (4) año, gozaran de la plenitud de los servicios, programas y subsidios del Sistema de Subsidio Familiar conforme a la normatividad vigente.
Documentos
- Que se incrementó el número de trabajadores con relación a los que tenía con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
- Que se incrementó el valor de la nómina, con relación al que tenía con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
Copia de la PILA del mes de diciembre del año inmediatamente anterior y la del mes en la que se va hacer la nueva vinculación.
Tener una remuneración fija o variable que no sobrepase la suma que equivalga a los cuatro SMLMV y que la sumada a la remuneración de su cónyugue o compañero/a no sobrepase a los seis SMLMV.
Tener personas a cargo, que dependan económicamente del trabajador afiliado.
Laborar mínimo 96 horas mensuales o 12 días al mes.